Fabricantes de refrigerantes alertan sobre la comercialización de nuevos refrigerantes a menudo con la denominación "ecológicos", los cuales se ofrecen como sustitutos de Refrigerantes (R-12, R-22, R-134a, R-404A, R-410A, R-1234YF.....) para instalaciones de Climatización, Refrigeración y Automoción. Estos refrigerantes mezclas de hidrocarburos y altamente inflamables, no están incluidos en la tabla A de la IF02 del Reglamento de Seguridad de Instalaciones Frigoríficas, por lo que la responsabilidad en su manipulación se entiende recaería en la empresa que lo utilice.
El riesgo por el uso indebido de estos refrigerantes se agrava ya que:
- NO PAGAN EL IMPUESTO DE GASES FLUORADOS (no pagan al ser mezclas de Hidrocarburos y no contener gases fluorados)
- NO APLICA EL RD 1 15/2017 SOBRE COMERCIALIZACION Y MANIPULACION DE GASES REFRIGERANTES. (no se aplica este RD por no ser gases fluorados, por lo que pueden ser utilizados por cualquier persona que no sea profesional del sector). Para CNI, esto supone un alto riesgo ante el desconocimiento de las medidas de seguridad necesarias para manejar estos gases muchos de ellos altamente inflamables.
El uso de estos productos en las reconversiones de Climatización y Frio Industrial al rellenar sistemas que originalmente funcionan con HFC clasificados dentro del qrupo Ll Alta Seguridad -Al Inertes, por estos nuevos "Refrigerantes Ecológicos" que son "EXTREMADAMENTE INFLAMABLES" supone un riesgo grave.
Recordamos a todos los profesionales que
- Para poder utilizar un refrigerante en una instalación frigorífica o equipo de aire acondicionado es imprescindible que dicho refrigerante esté publicado en la tabla A de la IF02 del Reglamento de Seguridad para Instalaciones frigoríficas (R.D 552/2019). Estos nuevos productos, NO figuran en dicha tabla A por lo que no se pueden utilizar en ninguna instalación frigorífica o equipo de aire acondicionado
- Por seguridad NO se puede sustituir un refrigerante HFC (R-404A, R-410A, R134a, R407C...) que es Inerte (grupo Al), por un gas "extremadamente inflamable" como es el caso de los productos anteriormente mencionados, debido a que los sistemas (válvulas, condensadores, compresores... ) no están fabricados y preparados (no cuentan con componentes antideflagrantes) para trabajar con estos productos . Cualquier descarga electrostática, emisión de calor.. etc de algún componente de la instalación que no está preparado y homologado para trabajar con estos productos podría originar un accidente grave o una deflagración. Indicar que dicho cambio incumpliría el apartado 1.7 (Requisitos para efectuar el cambio del tipo de refrigerante) del IF-1 7 del citado Reglamento de Seguridad.
- En el libro de registro de la instalación tiene que indicarse el cambio de refrigerante realizado, la instalación no estaría legal al no estar registrados estos "nuevos productos", en el Reglamento de Seguridad para Instalaciones Frigoríficas.
- Los fabricantes de equipos, compresores, componentes, etc. homologan los gases adecuados para su uso en sus productos, lo cual debe también verificarse antes de su aplicación.