El pasado 24 de noviembre informamos sobre el nuevo Impuesto sobre los envases y plásticos no reutilizables contenido en el RD 1055/2022 de residuos y suelos contaminados en vigor desde el 1 de enero de este año.
Os recordamos que este impuesto NO afecta a las compras realizadas en España de productos contenidos en envases de plásticos no reutilizado. Por ello y dado que las empresas instaladoras compran su material mayoritariamente en España, no les afectaría ya que en el precio del envase el fabricante ya ha incluido el impuesto.
Sólo afectaría a las empresas instaladoras que compren en la UE productos contenidos en envases de plástico no reciclado y que éstos superen los 5kg. al mes. Si fuera ese el caso de alguno de vuestros asociados, debe
- Inscribirse en el registro de productores de producto
- Llevar un libro registro de existencias
- Realizar la autoliquidación del impuesto
Cualquier duda que tenga una empresa instaladora, la Agencia Tributaria tiene un sistema de resolución de consultas extremadamente eficaz en su página web
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