El Real Decreto 10/2025, de 14 de enero, aprueba la Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2025 (CNAE-2025) con el objetivo de actualizar la clasificación anterior (CNAE-2009) debido a que la globalización y la digitalización han cambiado la forma en que muchas actividades proporcionan bienes y servicios. En este sentido, hay actividades que han cobrado importancia en la economía mundial, mientras que otras la han perdido. Ello, junto con los cambios producidos en el ámbito de las tecnologías de la información y una mayor concienciación del impacto de la economía en el medio ambiente, ha dado lugar al desarrollo de nuevas
actividades que necesitan su reflejo en la CNAE.
Por resumir en lo que nos aplica a las instalaciones:
- El CNAE 43.2 Instalaciones eléctricas, de fontanería y otras instalaciones en obras de construcción no cambia
- 21 Instalaciones eléctricas
- 22 Fontanería, instalación de sistemas de calefacción y aire acondicionado
- 23 Instalación de aislamientos
- 29 Otras instalaciones en construcciones (es adecuado para instalaciones que incluyen toldos o pérgolas ya que estas estructuras entran dentro de las instalaciones accesorias a la construcción)
- La CNAE 43.3. Acabado de edificios tampoco cambia
- 32. Instalación de carpintería (actividades como la instalación de todo tipo de carpintería, incluyendo la metálica, de madera, PVC, y similares, que se usan en la instalación de toldos y pérgolas, especialmente cuando incluyen estructuras de madera o materiales similares.
- Los CNAES 43.39 de Otros acabados de edificios y 43.99 Otras actividades de construcción especializada n.c.o.p. quedan para cada vez menos actividades residuales.
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