Tras la publicación del Reglamento Europeo de Gases Fluorados, el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, ha publicado una consulta pública previa al proyecto de Real Decreto que modifica al RD 115/2017, de 17 de febrero, por el que se regula la comercialización y manipulación de gases fluorados y equipos basados en los mismos, así como la certificación de los profesionales que los utilizan y por el que se establecen los requisitos técnicos para las instalaciones que desarrollen actividades que emitan gases fluorados.
CNI ha contestado a las preguntas realizadas por el Ministerio en aspectos como
- la posibilidad de incrementar los requisitos mínimos de formación exigidos en el Reglamento europeo,
- la posible modificación del portal nacional Gasfluor,
- la posible incorporación de la formación a distancia,
- las interrelaciones con otras formaciones impartidas en el ámbito del Reglamento de Seguridad de Instalaciones Frigoríficas RSIF y el Reglamento de Instalaciones Térmicas en Edificios RITE,
- o el control de la comercialización de equipos que contengan gases, donde CNI ha hecho una propuesta muy concreta al Ministerio para mejorar el control y trazabilidad en la instalación de los mismos.
El MITECO tiene de plazo hasta el 25 de septiembre de 2025 para modificar el RD 115 de gases fluorados y adaptarlo a las nuevas exigencias del Reglamento europeo.
Recordamos los datos clave a este respecto del Reglamento europeo:
Nuevos certificados
- Certificado A1: HFC y HC (gases fluorados de efecto invernadero y los hidrocarburos;
- Certificado A2: HFC y HC en equipos de < 3kg. o < 6kg. de equipos etiquetados y cerrados herméticamente.
- Certificado B: dióxido de carbono (CO2);
- Certificado C: amoniaco (NH3);
- Certificado D: recuperación de gases de los circuitos de refrigeración de equipos de < 3 kg de HFC o < 6kg. de equipos etiquetados y cerrados herméticamente.
- Certificado E: control de fugas siempre que dicha actividad no implique la irrupción en el circuito frigorífico que contiene gases fluorados .
Fechas clave
Las fechas clave fijadas por el Reglamento de GF en su art. 10 sobre Certificación y Formación:
- Antes del 12 de marzo de 2026, la Comisión europea debe publicar este Acto de Ejecución con los requisitos mínimos para los programas de certificación y las acreditaciones de formación.
- Antes del 12 de marzo de 2027 (1 año a partir de la fecha de entrada en vigor del acto de ejecución anterior, por lo que podría ser antes de esta fecha) España como estado miembro establecerá o adaptará los programas de certificación, incluidos procesos de evaluación de gases fluorados y alternativos.
- Antes del 12 de marzo de 2027, España garantizará que las personas físicas certificadas estén obligadas a participar en cursos de formación de actualización o a completar el proceso de evaluación, al menos cada siete años.
- Antes del 12 de marzo de 2029, España garantizará que las personas físicas que sean titulares del carnet de manipulador de gases fluorados según RD 115/2017, participen en dichos cursos de formación de actualización o completen por primera vez dichos procesos de evaluación.