Hoy 20 de septiembre, se ha publicado en el Diario de la Unión Europea la Directiva Europea de Eficiencia Energética . Como ya sabemos, esta Directiva no es de aplicación directa, sino que cada Estado debe transponer a su ordenamiento jurídico el articulado considerado de “mínimos”.
Las claves de la nueva revisión para la Empresa Instaladora:
- aumenta la obligación de ahorro de energía 1,3% a 1,9% anual hasta 2030,
- obliga a renovar al menos el 3% anual de la superficie de edificios públicos de > 250m2 con calefacción y/o refrigeración,
- obligatorio sistema de gestión energético y/o auditoría energética en empresas de consumo > 10 Tj,
- obligatorio sistema de ventanillas únicas y red de expertos oficiales para asesoramiento energético,
- nuevos criterios de eficiencia en sistemas urbanos de calefacción y refrigeración (ver art. 26 en la página 61),
- Obligación de que cada Estado garantice suficientes profesionales cualificados para la demanda de trabajo existente,
- campaña publicitaria de la UE para atraer jóvenes a la profesión (una petición constante de CNI al Ministerio y otros medios que ha hallado eco).
España debe transponer la Directiva antes del 1.10.2025. En CNI ya estamos preparados para trabajar en el Comité de modificación del RITE y CTE en el Ministerio. En términos prácticos para la empresa instaladora se abre un periodo difícil de al menos SIETE AÑOS de adaptación hasta 2030, de
- más trabajo,
- más exigencia de conocimientos técnicos del negocio y digitales de gestión empresarial,
- menos tiempo para formarse
- y menos posibilidad de contratar personal.
Desde CNI recomendamos a las Empresas Instaladoras, adelantarse, ir preparándose, aprovechar todas las ayudas financieras a empresas, delegar gestión empresarial y plan de negocio en profesionales preparados.