Como sabéis, la reciente modificación de la Ley de Formación Profesional, incluía una novedad importante en la obtención de acreditación profesional a través del “procedimiento de acreditación de competencias”para aquellas personas que tienen experiencia laboral, pero no una titulación o acreditación que lo demuestre:
- que la persona que asesora y evalúa a otras para que consigan su acreditación puede ser personal de las propias empresas que cuente con cuatro años de experiencia en el sector y un curso de formación
Pues bien, el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes convoca quinientas plazas de dicho curso de formación. La información sobre esta convocatoria se encontrará a disposición de los interesados en la sede electrónica, a la que se puede acceder pulsando sobre el siguiente enlace: Curso en línea de formación específica de habilitación para el ejercicio de las funciones de asesoramiento y evaluación del procedimiento de acreditación de competencias. (2ª Convocatoria 2025.) | Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. Os resumimos los detalles clave:
- El programa de formación habilitará a profesionales como asesores y evaluadores de los estándares de competencia de los cuales se considera experto, de acuerdo con lo establecido en el artículo 187.1.b del Real Decreto 659/2023, de 18 de julio.
- El plazo de presentación de solicitudes comenzará el 11 de noviembre de 2025 y finalizará el 24 de noviembre de 2025
- El curso tendrá una duración total de 60 horas, dividido en nueve bloques de contenido.
- La realización del curso será completamente en modalidad en línea asíncrona (los participantes acceden a los materiales del curso en el momento que les resulte más conveniente), a través de la plataforma de formación de la Secretaría General de Formación Profesional.
- Los nueve bloques de contenido estarán organizados en seis semanas, según la distribución que aparece especificada en la convocatoria.
- Las personas que superen este curso serán habilitadas mediante resolución de la Secretaría General de Formación Profesional para ejercer funciones de asesoramiento y evaluación en el procedimiento de acreditación de competencias adquiridas a través de la experiencia laboral u otras vías no formales e informales en los procedimientos de evaluación y acreditación de competencias que se convoquen en el ámbito estatal, en los estándares de competencia que correspondan de acuerdo al sector productivo en el que disponga la experiencia laboral igual o mayor a cuatro años.
