Se ha publicado hoy en el BOE el Real Decreto 770/2025, de 2 de septiembre, por el que se modifican diversas normas reglamentarias en materia de seguridad industrial en lo relativo al régimen de contratación de los profesionales habilitados.
Este RD modifica el RD 298/2021. La Comisión europea instó a España a modificar este RD porque consideraba que incumplía la directiva europea de servicios.
En nuestro ámbito afecta a: baja tensión (REBT), Reglamento de Gas, Instalaciones Frigoríficas (RSIF), Protección contra incendios, Productos petrolíferos (MI IPC-05) y Equipos a Presión. Los textos consolidados de todas estas normas están siendo actualizados en las webs de los respectivos Ministerios.
La modificación fundamental se refiere a los medios humanos mínimos que se exigen a las empresas instaladoras:
- Se elimina la obligatoriedad de contratación a jornada completa
- Se introduce el término de “persona” cuando habla de instalador o técnico.
- Contratación a través cualquiera de las modalidades contractuales permitidas en derecho.
- Entra en vigor mañana 4 de septiembre.
En el siguiente cuadro, reflejamos las modificaciones de cada uno de las normas que afectan a nuestro sector.
