Pocas veces una modificación normativa genera tanto descontento como lo ha hecho en esta ocasión el borrador de modificación del impuesto de gases fluorados que se está tramitando en el Ministerio de Hacienda y al cual CNI envió las alegaciones correspondientes de nuestro sector el pasado 5 de enero. De momento son ya 15 las asociaciones de sectores como climatización y refrigeración, transporte, hostelería, alimentación, distribución o electrodmésticos, que se han sumado a la petición común de
- que se reintroduzca la exención relativa a la primera venta o entrega efectuada a empresarios que destinen los gases fluorados de efecto invernadero a su incorporación por primera vez a equipos o aparatos nuevos, exención que figura en el apartado siete, Artículo 5 de la Ley 16/2013 vigente,
- así como que se mantenga la no sujeción al impuesto de los gases contenidos en los productos, necesarios para su funcionamiento, cuya utilización no lleve aparejada inherentemente las emisiones de los mismos a la atmósfera, actualmente no sujetos al impuesto en base al apartado seis, Artículo 5 de la Ley 16/2013
Próximamente representantes de estas asociaciones se reunirán con los Ministerios afectados para explicar la repercusión de los cambios anunciados en el borrador de modificación del impuesto. Entre las modificaciones que propone el Ministerio, destacamos:
- Cambia hecho imponible a la fabricación, importación, adquisición intracomunitaria o tenencia irregular (antes venta a consumidor final)
- Incluye gases incorporados en productos, equipos o aparatos (antes sólo envases). (Bombas de calor por ejemplo estarían sujetas)
- Se crea la figura del ”almacenista” que tras autorización de la oficina gestora de hacienda, puede comprar sin impuesto y pagarlo al vender (pendiente de confirmar si una empresa instaladora puede acogerse a esta figura).
- En 15 días tras la publicación de la ley los instaladores tendrían que comunicar las existencias de gases en sus almacenes y en un mes pagar el impuesto. (grave problema económico para instaladores que almacenen gases)
- Elimina la exención del impuesto en instalaciones nuevas
- Añade referencias de peso para equipos que contengan gases en la base imponible.
Las 14 asociaciones firmantes se reunirán para exponer sus argumentos con el
Ministerio de Transición Ecológica y Reto Demográfico, Secretaría de Estado de Medio Ambiente
- Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental
- Oficina Española de Cambio Climático.
Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa
- Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa.
CNI confía en que el Ministerio de Hacienda rectifique aspectos importantes de esta modificación legal que tal y como están redactados generarían graves problemas a muchos sectores e influirían negativamente en el consumidor final, medio ambiente y tráfico ilegal de refrigerantes.