Como sabéis el RD 809/2021 Reglamento de equipos a presión y sus instrucciones técnicas complementarias EP-1 a EP-7 entró en vigor el 2 de enero de 2022 y daba un plazo de adaptación a las empresas instaladoras. Os recordamos dos fechas clave:
2 de enero de 2023
Las empresas instaladoras o reparadoras de equipos a presión según el anterior RD 2060/2008 deben estar ya adaptadas a las condiciones y requisitos establecidos en anexo I del nuevo RD 809/2021
2 de julio de 2023
Los fabricantes y usuarios que vinieran actuando, sin estar habilitados, como empresa instaladora o reparadora de equipos a presión por disponer de los medios técnicos y humanos exigidos a las mismas, a partir del 2 de julio de 2023 deberán habilitarse como empresa instaladora o reparadora de equipos a presión para seguir realizando dicha actividad.
Las empresas instaladoras y reparadoras de equipos a presión deberán por tanto antes del 2 de enero de 2023 estar adaptadas al nuevo Reglamento de Equipos a Presión. Os resumimos los aspectos más relevantes que deben cumplir según el ANEXO I “Obligaciones Empresas Instaladoras y reparadoras”
Empresas Instaladoras
- Presentar la Declaración Responsable .
- Cumplir todos los requisitos y normas que se establecen en los apartados 1 y 2 del anexo I, comunicando al órgano competente de la comunidad autónoma donde presentó la declaración responsable cualquier modificación de los datos declarados.
- Realizar las instalaciones, reparaciones o inspecciones periódicas de acuerdo con el presente reglamento, emitiendo las correspondientes certificaciones.
- Disponer del correspondiente libro o registro, manual o por medios electrónicos, en donde se anoten las actuaciones realizadas, indicando al menos:
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- Fecha de actuación.
- Usuaria/Usuario.
- Tipo de actuación.
- Identificación o características de equipo o instalación.
- IMPORTANTE: según la Ley 21/1992, la habilitación NO tendrá caducidad
- Recordamos que una vez presentada la Declaración Responsable, la ADMINISTRACION tiene la:
- Potestad de comprobación de lo declarado e inhabilitación de la actividad
- Causas de inhabilitación:
- Inexistencia Declaración Responsable
- Inexactitud, falsedad u omisión contenido Declaración Responsable
- Cualquier hecho que suponga modificación de alguno de los datos incluidos en la declaración originaria, así como el cese de las actividades, deberá ser comunicado.
- Requisitos empresa (apartado 1.9. del ANEXO I)
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- Disponer de la documentación identificación de la empresa instaladora
- Disponer de las acreditaciones del personal para la realización de uniones permanentes y de los correspondientes procedimientos de actuación. En caso de utilizar exclusivamente sistemas de unión no permanentes, en la acreditación de la empresa deberá figurar esta limitación.
- Disponer de los medios técnicos y personal suficiente y necesarios para realizar su actividad en condiciones de seguridad y número suficiente.
- Las empresas instaladoras de la categoría EIP-2: mínimo un Responsable Técnico con titulación universitaria competente.
- Seguro Responsabilidad Civil: EIP-1 300.000 € / EIP-2 600.000 € (nuevo requisito).
Empresas Reparadoras
Presentar la Declaración Responsable incluyendo
- Indicación, en su caso, de la disponibilidad de acreditaciones de la empresa (sistema de calidad o autorizaciones de fabricantes, entre otras).
- En caso de que vaya a realizar inspecciones de nivel B o C, indicación de la marca del punzón o tenaza para el precintado de válvulas de seguridad u otros medios de identificación equivalente.
- Categorías empresas reparadoras
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- Categoría ERP-1: Con capacidad para realizar reparaciones equipos hasta categoría I (RD 709/2015) – Requisitos EIP-1
- Categoría ERP-2: Con capacidad para realizar instalaciones con equipos a presión que requieran proyecto, así como las indicadas para la categoría EIP-1.
En cuanto a los requisitos para la instalación y puesta en servicio, los cambios más relevantes son:
- INSTALACIONES CON PROYECTO: contienen fluidos peligrosos en cantidades superiores a la tabla del Reglamento (CE) n.° 1272/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas (ver tabla en anexo II del Real Decreto.
- Es recomendable utilizar como guía para la elaboración del proyecto (memoria, presupuesto y planos) la norma UNE 157001.
- Atención a las periodicidades de las ITCS
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- EP1 en calderas, reduce las periodicidades de calderas lejías negras
- ITC-EP3 modifica la periodicidad de la inspección nivel A de tuberías
Descarga Real Decreto 809/2022 en pdf aquí https://bit.ly/3tVYFOY