Nueva cualificación profesional (AMI_506_2
Montaje y mantenimiento de instalaciones térmicas en edificios
Respuesta de CNI a la propuesta presentada por INCUAL
Desconocemos los criterios que han llevado a proponer una cualificación que, si bien puede tener sentido elaborada concienzudamente, la que presenta el INCUAL consideramos que no lo tiene (AMI_506_2 de 28/01/2021).
Da la impresión de que se ha pretendido crear una cualificación que cubra todas las actividades inmersas en el Reglamento de Instalaciones Térmicas en Edificios, pero por supuesto distando muy mucho de la realidad.
Para contemplar con perspectiva la formación inherente al R.I.T.E. y los cambios que desde el Ministerio de Educación se han realizado, tanto en los ciclos formativos como en las cualificaciones profesionales, debemos remontarnos a los años 90, cuando SI existía un ciclo formativo que se adaptaba a la formación requerida en todas las actividades incluidas en el R.I.T.E. Este ciclo formativo de grado medio era el de “Técnico en Montaje y Mantenimiento de Instalaciones de Frío, Climatización y Producción de Calor”.
Con el transcurso del tiempo y la incorporación de los egresados de este ciclo al mundo laboral, se pudo comprobar tanto por el entorno productivo como por la administración educativa, que los contenidos que se podían impartir en este ciclo formativo eran insuficientes para alcanzar el nivel necesario de profesionalidad que debían alcanzar los alumnos. Es por ello que, en el año 2011, surgieron los títulos de “Técnico en Instalaciones de Producción de Calor” y de “Técnico en Instalaciones Frigoríficas y de Climatización”. Prácticamente el contenido de estos dos títulos juntos se correspondía con el ciclo existente anteriormente, adecuando las cargas lectivas de forma más adecuada a las necesidades formativas.
En referencia a la cualificación profesional que nos ocupa, AMI_506_2, y que se compone de 4 unidades de competencia, a continuación, trataremos de analizar los contenidos de forma individualizada.
Ya en el contexto general o entorno profesional, se dan las primeras contradicciones que dejan vislumbrar el desconocimiento del sector y sus actividades dentro de las instalaciones térmicas, tanto en el ámbito profesional como en los sectores productivos, y especialmente en los puestos de trabajo relevantes.
Tampoco se libra la formación asociada, dado que en 50% de los módulos formativos, la carga lectiva debiera incrementarse de forma muy importante.
UQ_7034_2: Montar instalaciones térmicas en edificios
Esta unidad de competencia, en realidad debieran ser 3, a saber, Montar instalaciones térmicas para calefacción en edificios, Montar instalaciones térmicas de climatización en edificios y Montar instalaciones térmicas de ventilación en edificios, o como alternativa incluir realizaciones profesionales de cada una de ellas en la unidad de competencia.
Realizaciones profesionales y criterios de realización.
- RP1, RP2, RP3, RP4, RP6 y RP7 debieran contextualizarse con el tipo de instalación, calefacción, climatización o ventilación, dadas las diferencias existentes entre cada una de estas instalaciones. Tanto en diseño, como en materiales, estructura y niveles de seguridad.
- RP8, CR8-2 debiera contener igualmente alusión a los cálculos y dimensionado de la instalación.
El contexto profesional es muy genérico y no se ajusta a las necesidades de las instalaciones térmicas en general.
UQ_7035_2: Mantener instalaciones térmicas en edificios
Esta unidad de competencia, en realidad debieran ser 3, a saber, Mantener instalaciones térmicas para calefacción en edificios, Mantener instalaciones térmicas de climatización en edificios y Mantener instalaciones térmicas de ventilación en edificios, o como alternativa incluir realizaciones profesionales de cada una de ellas en la unidad de competencia.
- En general RP1, RP2, RP3 están más pensado en montaje de instalaciones que en el mantenimiento de las mismas, dando la impresión de corta y pega sin analizar.
- RP4, RP5 y RP7 debieran contextualizarse con el tipo de instalación, calefacción, climatización o ventilación, dadas las diferencias existentes entre cada una de estas instalaciones. Tanto en diseño, como en materiales, estructura y niveles de seguridad.
- RP8 no tiene ningún sentido en esta unidad de competencia en la forma presentada, debiera hacer referencia a las actuaciones de mantenimiento realizadas, a su forma de registro, a su periodicidad o al tiempo que deben mantenerse los citados registros.
El contexto profesional es muy genérico y no se ajusta a las necesidades de mantenimiento en las instalaciones térmicas en general.
UQ_7036_2: Manipular equipos y componentes con refrigerantes fluorados de instalaciones térmicas en edificios.
- En RP2, CR2.2 es confuso y contradictorio, debiera hacer mención al calibrado externo de los equipos y/o al calibrado interno de los mismos bajo el correspondiente protocolo de calibración.
- En RP4, debiera referirse únicamente a los gases refrigerantes y no al mantenimiento del equipo, que debiera ser en UQ_7035_2.
- En RP4, si se hace referencia a la reglamentación de instalaciones térmicas, también, y con más sentido, debiera hacerse a la reglamentación de instalaciones frigoríficas que le afectan.
UC2327_2: Realizar las funciones de nivel básico para la prevención de riesgos en construcción
Esta unidad de competencia no analizaremos, por tratarse de una unidad transversal.
MÓDULO FORMATIVO 1
Montaje de instalaciones térmicas en edificios
Este módulo formativo, siguiendo el criterio de especialización, en realidad debieran ser 3, a saber, Montaje de instalaciones térmicas para calefacción en edificios, Montaje instalaciones térmicas de climatización en edificios y Montaje instalaciones térmicas de ventilación en edificios, o como alternativa incluir capacidades y criterios de evaluación de cada una de ellas en el módulo formativo.
Contenidos
Deben incluirse tanto equipos de generación como de emisión y distribución
Deben incluirse tanto reglamentación de instalaciones térmicas como frigoríficas.
Deben tenerse en cuenta todos los tipos de instalaciones térmicas, no solo las de distribución por conductos.
MÓDULO FORMATIVO 2
Mantenimiento de instalaciones térmicas en edificios
Este módulo formativo, siguiendo el criterio de especialización, en realidad debieran ser 3, a saber, Mantenimiento de instalaciones térmicas para calefacción en edificios, Mantenimiento de instalaciones térmicas de climatización en edificios y Mantenimiento de instalaciones térmicas de ventilación en edificios, o como alternativa incluir capacidades y criterios de evaluación de cada una de ellas en el módulo formativo.
Contenidos
Deben incluirse tanto equipos de generación como de emisión y distribución
Deben incluirse tanto reglamentación de instalaciones térmicas como frigoríficas.
Deben tenerse en cuenta todos los tipos de instalaciones térmicas, no solo las de distribución por conductos.
Confederación Nacional de Instaladores, CNI
Ramón Pedro Bayer / Comité Técnico
22.2.2021
Cuestionario_CEx_AMI_506_2-CNI