Recordamos, en 2021
- 2021 junio se aprueban ayudas para instalaciones de autoconsumo y almacenamiento con energías renovables, RD 447/2021. Actualmente, las Comunidades Autónomas están agotando los presupuestos iniciales y solicitando ampliaciones. CNI te lo explicó aquí https://bit.ly/3No1tMA
- 2021, diciembre, se aprueban ayudas para la implantación de instalaciones de energías renovables térmicas, RD 1124/2021. CNI te lo explicó aquí https://bit.ly/3FXimvl
Hoy, ampliación de ayudas RD 377/2022
- Publicado ayer 18 de mayo el RD 377/2022 que amplía la tipología de beneficiarios de ambos decretos.
Cambios en autoconsumo y almacenamiento con energías renovables
- Los autónomos se incluyen como beneficiarios de los subprogramas de impulso del autoconsumo y podrán desplegar instalaciones de autoconsumo en un lugar de trabajo distinto de su vivienda. Además, se establece la posibilidad de que en las ampliaciones de presupuesto se les reserve un cupo específico.
- Se potencia el modelo de empresa ESE o inversión por terceros para que pueda ser una empresa la que realice las instalaciones a particulares u otras empresas, facilitando así la instalación de autoconsumo cuando el consumidor no tenga capacidad de abordar la inversión.
- La capacidad de almacenamiento que se permite instalar se flexibiliza, pasando a 2 kWh/kW a 5 kWh/kW, en consonancia con la creciente generalización de soluciones de almacenamiento.
Recordamos esta línea de subvenciones:
Consta de seis subprogramas, según los sectores y la tecnología a desarrollar, en los que se subvencionan equipos y materiales; obra civil; equipamientos electromecánicos, hidráulicos, de control y auxiliares; sistemas de gestión y monitorización, la redacción de proyectos, memorias técnicas y dirección facultativa, entre otras actuaciones. Las ayudas varían en función del beneficiario y del tipo de instalación:
- En el caso de la energía solar fotovoltaica las ayudas abarcan desde el 15%, para una gran empresa, hasta el 45% para una pyme o un sistema inferior a 10 kW; los particulares pueden beneficiarse del 40%, del 50%, en caso de autoconsumo colectivo, y las administraciones públicas del 70%.
- En eólica, la subvención oscila entre el 20% para la instalación más grande en grandes empresas y el 50% en los sistemas pequeños para pymes; los particulares obtienen un 50% y las administraciones públicas un 70%.
- En almacenamiento detrás del contador, las ayudas para empresas varían entre el 45% y el 65%, dependiendo del tamaño, mientras que los particulares, administraciones y tercer sector se benefician de un 70%.
- En climatización con renovables, las ayudas varían entre el 40% al 70%, dependiendo de la tecnología utilizada. Las administraciones públicas propietarias de edificios residenciales pueden obtener un 70%.
Además, y con el objetivo de afrontar el reto demográfico, todos estos conceptos se incrementan un 5% en aquellos municipios con menos de 5.000 habitantes y en los municipios con menos de 20.000 habitantes en entornos rurales cuyos diferentes núcleos de población tengan menos de 5.000 habitantes.
Cambios en instalaciones de energías renovables térmicas
- se amplía la gama de bombas de calor que son elegibles en el programa, para facilitar un mayor despliegue de esta tecnología. Además, se incorpora una referencia al rendimiento medio estacional mínimo a cumplir en esta tecnología para las aplicaciones de producción de frío en climatización de edificios. Esta incorporación viene motivada por la próxima publicación de la normativa europea que establecerá la metodología de cálculo de la cantidad de energía renovable aportada por estas aplicaciones.
Recordamos esta línea de subvenciones:
- Estas subvenciones fomentan las energías renovables térmicas en sectores productivos como el industrial, el agropecuario o el de servicios, pero también en establecimientos e infraestructuras del sector público que contribuyan al proceso de descarbonización de la economía y, en el caso de las empresas, consoliden su competitividad en el mercado.
- Permiten la puesta en marcha de instalaciones de energía solar térmica, geotermia, energía ambiente (aerotermia e hidrotermia), biomasa o microrredes de calor y frío, subvencionables hasta 1 MW de potencia solo para estas últimas, con aplicaciones para la producción de frío y/o calor en edificios (agua caliente sanitaria y climatización) o en procesos industriales: limpieza, secado, baños térmicos para tratamiento de superficies, servicios de lavandería, lavado de vehículos, pasteurización y conservación de productos perecederos, climatización de naves de uso industrial, ganadero e invernaderos, etc.
- Entre los costes subvencionables se incluyen la inversión en equipos y materiales, los costes de ejecución de las obras o los sistemas de control y monitorización tanto de la producción como de la demanda de energía térmica, así como obras civiles necesarias para la ejecución de los proyectos.
- La ayuda otorgada cubre el 70% de estos costes en el sector público y hasta el 45% en el caso de pequeñas empresas, y en ambos ámbitos se incrementa en un 5% en zonas de reto demográfico.
Descarga del Real Decreto 377/2022: https://bit.ly/3NlZlFd